Nuevo Reglamento de Permisos para Residuos REP: más claridad para un cumplimiento que ya no puede esperar
- Gabriella Muñoz

- 30 ene
- 3 Min. de lectura

La implementación de la Ley REP ha puesto a los gestores de residuos en el centro del cumplimiento ambiental, sin embargo, uno de los principales dolores del último tiempo ha sido la incertidumbre regulatoria: criterios poco claros, interpretaciones dispares y permisos que no siempre dialogaban con las exigencias reales de operación.
El pasado 14 de enero de 2026 se publicó el Decreto Supremo N° 29, una normativa clave que busca simplificar las reglas del juego para quienes operan puntos de reciclaje en el país
¿Por qué este reglamento era necesario?
Hasta ahora, muchos gestores han debido operar en un escenario complejo: exigencias crecientes de trazabilidad y almacenamiento, pero con marcos regulatorios antiguos que no estaban alineados con la lógica REP. Esto se traducía en riesgos concretos: retraso de proyectos, incertidumbre de obtención de permisos, poca claridad de la autoridad sanitaria, dificultades para ampliar capacidades o incorporar nuevos flujos de residuos.
El nuevo reglamento busca homologar criterios, aclarar responsabilidades y definir con mayor precisión qué permisos son exigibles y en qué condiciones, especialmente para actividades de almacenamiento asociadas a residuos REP.
¿Qué trae el nuevo Reglamento de Permisos para Residuos REP?
El principal aporte del reglamento es que ordena el escenario regulatorio para los actores que gestionan residuos bajo la Ley REP
Definiciones de tipos de instalaciones y escalas de operación, evitando interpretaciones únicas para realidades muy distintas
Puntos Verdes: Contenedores en espacios públicos para residuos domiciliarios. Ojo: residuos como aceites o neumáticos solo podrán recibirse en locales comerciales donde se vendan estos productos.
Puntos Limpios: Instalaciones con personal permanente que pueden realizar pretratamiento, como compactar o triturar materiales.
Centros de Acopio: De mayor escala, donde se consolidan residuos para su destino final. Estos requieren un proyecto de ingeniería aprobado y deben estar a una distancia mínima de 150 metros de viviendas o colegios (aunque en casos justificados podría reducirse a 50 metros)
Facilidades para residuos peligrosos domésticos
¿Sabías que algunos residuos peligrosos de casa ahora podrían entregarse más fácilmente? El Ministerio de Salud podrá declarar ciertos residuos como de "bajo riesgo". Esto permitirá establecer requisitos de manejo especiales, haciendo que sea más seguro y sencillo para la población entregarlos en Puntos Limpios autorizados
La importancia de informar
La transparencia es vital. Todos los gestores responsables de estas instalaciones deberán reportar anualmente a través del RETC (Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes) las cantidades recibidas y el destino de los residuos. Además, los contenedores deben cumplir con estándares de resistencia y, en caso de residuos peligrosos, estar debidamente rotulados
Plazos y Transición: ¿Cuándo entra en vigencia?
El reglamento entrará en vigor 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial, sin embargo, se han establecido plazos de adecuación:
Puntos Verdes existentes: Aquellos que ya operan con materiales comunes (vidrio, plástico, papel, etc.) tendrán 3 años para regularizarse, pero deben informar su existencia a la SEREMI en un plazo de 6 meses.
Otras instalaciones: Centros que ya funcionen tienen 1 año para cumplir las nuevas exigencias
Este nivel de detalle reduce la discrecionalidad y permite a los gestores planificar inversiones, operaciones y cumplimiento con mayor respaldo normativo.
Más certeza para operar, menos riesgo para el negocio
En la práctica, este nuevo reglamento entrega una señal clara: la gestión de residuos REP debe profesionalizarse aún más, pero ahora con reglas del juego más claras. Para los gestores, esto significa reducir riesgos regulatorios, mejorar la continuidad operacional y fortalecer su rol dentro de la cadena REP.
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